En este artículo explicaremos en qué consiste el interés moratorio de una deuda y a cuánto asciende o cuál es el límite de dicho interés en los préstamos personales.
Interés moratorio de una deuda se considera el porcentaje que se cobra cuando sea retrasa el pago de un préstamo o crédito. Estos intereses sólo se aplican una vez que vence el plazo límite de pago que hayas acorado con la institución financiera con la que contratases un préstamo.
Debido a los daños y perjuicios causados por este incumplimiento se diseña el conocido como interés moratorio. No obstante, destacamos la importancia de diferenciar interés moratorio de una deuda con interés remuneratorio, que es el que se fija en el préstamo para retribuir al banco por la entrega del dinero prestado durante el tiempo que está a disposición del prestatario.
Cuánto puede ascender el interés moratorio
Este tipo de interés suele ser pactado por las partes. De no haber sido acordado, será dictaminado por el interés legal.
Es imprescindible para que el juzgado reconozca el interés moratorio de una deuda que la parte demandante haya solicitado expresamente la condena al pago de los intereses moratorios. Es decir, si el demandante no lo solicita, el prestatario no se verá obligado a pagar el interés moratorio.
El Código Civil regula, por lo general, el interés moratorio de una deuda, en los artículos 1.108 y 1.100.
No obstante, este aspecto puede cambiar en función de cada caso, es por eso que recomendamos acudir a un profesional que estudie tu caso pormenorizadamente, como Ibercheck, especialista en el sector.
Límite del interés moratorio de una deuda en los préstamos personales
El interés moratorio de una deuda o interés de demora en los préstamos personales suscritos con los bancos, es aquel tipo de interés que paga el cliente a la entidad financiera por incumplir los pagos estipulados para pagar las cuotas de amortización.
El Tribunal Supremo fija el límite del interés moratorio en los préstamos personales suscritos entre los bancos y los consumidores.
Es algo habitual que al solicitar el préstamo personal al banco, sea este el que imponga un interés moratorio elevado, que normalmente oscila entre un 15% y un 20%.
Hasta hace poco, los bancos cobraban el interés moratorio cuando el cliente no cumplía con la devolución pactada sin pasar por un juzgado que pudiera oponerse a ello.
Dicho aspecto cambió tras las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del dictado de una nueva normativa para velar por la protección del consumidor y usuario, cuando los tribunales españoles se han planteado la nulidad de dichas cláusulas abusivas.
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